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Derechos y obligaciones del propietario a la hora de alquilar
El propietario tiene también derecho a recibir una fianza como garantía de que la vivienda será restituida al finalizar el contrato de alquiler en las mismas condiciones en las que se entregó al inquilino.
La cuantía de la fianza es, por lo general, equivalente a una mensualidad del alquiler. Sólo en ocasiones excepcionales se acuerda una cuantía más alta, especialmente si la vivienda es de alta gama y su precio en el mercado es alto. No obstante la cuantía de la fianza debe negociarse con el inquilino y pactarse de forma expresa en el contrato de arrendamiento.
En caso de que el inquilino cause daños en la vivienda, el propietario tendrá derecho a exigirle que repare dichos daños cuando se deban a un uso indebido del inmueble. El desgaste por el uso diario de ciertos elementos del inmueble no serán reembolsablespara el propietario. Por ejemplo, el inquilino no está obligado a pintar un inmueble si después de cinco años de habitarlo es necesario volver a pintar para sanearlo. No obstante, los daños estructurales del inmueble o los causados por otros vecinos que afecten a la habitabilidad de la vivienda, deberán ser sufragados por el casero.
Muchos de los contratos de alquiler de vivienda habitual que se formalizan cada año en Asturias son de larga duración. Por ello, es conveniente introducir una cláusula en el contrato que permita al arrendador modificar la cuantía de la renta cada año. En caso de que esa cláusula no se introduzca de manera expresa en el contrato, el no podrá en ningún caso aumentar el importe de la renta mientras permanezca vigente el contrato.
Si el arrendador decide realizar obras de mejora una vez transcurridos tres años desde la firma del contrato, podrá aumentar el importe de la renta aunque no estuviese pactado en contrato, de acuerdo con las condiciones impuestas por la Ley.
Para ejercer este derecho, el arrendador deberá comunicárselo al inquilino con, al menos, 30 días de antelación, y deberá también demostrar que existe una necesidad real de utilización del inmueble. Por tanto, debe existir una necesidad de disponer de la vivienda para destinarla a vivienda habitual para sí mismo o para sus familiares.
El pago de la renta debe realizarse puntualmente según los términos pactados en el contrato. Por ejemplo, si el contrato estipula que la renta deberá ingresarse entre el día 1 y 7 de cada mes, el inquilino no debería ingresarla más tarde, puesto que incurriría en incumplimiento y el arrendador podría solicitar la resolución judicial del contrato. También si éste subarrienda la vivienda sin el consentimiento del propietario, o si hace obras sin permiso. También cuando el inquilino realice en la vivienda actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas.
El subarriendo de la vivienda por parte del inquilino requiere el consentimiento expreso del arrendador. Si el inquilino subarrienda la vivienda sin conocimiento del propietario, éste podrá solicitar la resolución judicial del contrato.
El arrendador estará obligado a realizar todas las reparaciones que sean necesarias en la vivienda para mantenerla habitable durante todo el contrato de arrendamiento. Mantenimiento de la caldera, fontanería, electricidad, gas, etc... Serán responsabilidad del propietario. Deberá correr con los costes de los arreglas a la mayor brevedad, o devolver al inquilino las cuantías que éste último hubiese adelantado. En caso de que exista una avería que se deba a un mal uso de la vivienda por parte del inquilino, será éste último el que deberá correr con los costes de la reparación.
El arrendador tiene la obligación de no perturbar al arrendatario durante el contrato de arrendamiento
El propietario no podrá entrar en la vivienda sin consentimiento del inquilino, salvo para realizar las reparaciones que sea necesario llevar a cabo y según las estipulaciones contenidas en el contrato. El propietario tampoco podrá causar ningún tipo de molestia al inquilino durante el contrato de arrendamiento.
Generalmente los contratos de arrendamiento contienen una cláusula de actualización de la renta anual de acuerdo con los incrementos del IPC. El arrendador estará obligado a comunicar al inquilino cualquier actualización al menos con 30 días de antelación.
El propietario debe garantizar en todo momento que no existe ningún derecho de terceros sobre la vivienda que pueda ser reclamado durante el periodo del contrato de arrendamiento. En ningún momento ningún tercero reclamará judicialmente la posesión o utilización de la vivienda por disponer de mejor derecho.
Ahora que ya sabes los derechos y las obligaciones que tiene el propietario, te conviene saber también los derechos y obligaciones del inquilino.